martes, 4 de diciembre de 2012

¿Qué puedes hacer con tu Plan de Pensiones en caso de estar afectado por el ERE?

Las Comisiones del Plan de Pensiones nos han hecho llegar la información necesaria sobre qué hacer con tu Plan si resultas afectado por el ERE. Como ya avanzamos, si un trabajador es despedido por causa de un ERE puede disponer de él en las mismas condiciones que si estuviera jubilado. Es decir, puede rescatarlo total o parcialmente, con una renta vitalicia o movilizarlo a otra entidad. Las posibilidades son muchas, sin embargo hay que tener en cuenta el tratamiento fiscal que Hacienda da a este producto, por lo que podráimos encontrarnos con que un trabajador que rescate la totalidad del Plan al realizar la declaración del IRPF al años siguiente podría tener que pagar gran parte del dinero rescatado.

Es por ello y porque la casuística es amplísima, dependiendo de las circunstancias de cada uno, las Comisiones del Plan han acordado con ASEVAL, la gestora del Plan, que pondrá a disposición de todos los partícipes unos asesores en oficinas de BANKIA donde explicarán todas las posibilidades que existen para aconsejar a quién rescate o movilice su participación. Estas oficinas están todavía por determinar en Valencia pero en cuanto nos las comuniquen os las haremos llegar. 

Además de esta información, se facilitará a todos los posibles afectados una documentación personalizada con todo lo necesario para movilizar o rescatarlo que se entregará llegado el momento.

Mientras, y a la espera de que llegue esta documentación, las Comisiones del Plan han establecido una documentación básica. Se trata de la Guía Práctica sobre el cobro del Plan de Pensiones, la Solicitud de Prestación del Pan de Pensiones, el modelo 145 del IRPF y la Declaración Jurada de que se está afectado por el ERE, a los que puedes acceder pinchando sobre ellos.

Recordamos por último que si continúas trabajando en RTVV no puedes rescatar o movilizar el Plan hasta que alcances la edad de jubilación.

De todas las dudas que puedan surgirte sobre el Plan podemos informarte en nuestra Sección Sindical y por supuesto lo iremos haciendo a través de nuestro blog.






2 comentarios:

  1. Hola

    Yo me he acogido a una baja indemnizada, y he empezado a cobrar el paro hace 3 meses, por un maximo de 2 años. En principio me gustaria cobrar el plan de pensiones en el 2015 para que no se me dispare la base imponible del 2013 y 2014 donde tendré los ingresos del inem.Se puede seguir rescatando como "ere" dos años despues de haber causado baja en la empresa ? Es lo mismo a efectos fiscales cobrarlo como consecuencia de un ere que como consecuencia de estar en desempleo de larga duración ? En ambas situaciones y con independecia de la modalidad de cobro elegida habría que devolver a hacienda la desgravacion que hemos tenido en estos años pasados ?

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  2. Esta gente va de mal en peor..... ¿ahora aconsejan que Bankia le gestione su plan?!!! Si arruinarte no va contigo mejor habla con entidades serias y solventes como ING NATIONALE NEDERLANDEN, es un consejo.

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