A estas alturas, casi todos los trabajadores habéis recibido ya el burofax así que os vamos a dar unas recomendaciones sobre los trámites que hay que hacer y los pasos a seguir a partir de ahora. La empresa nos ha confirmado hoy que la fecha del despido será la del cuarto aviso de recogida del burofax, aunque hay diferentes interpretaciones sobre si eso es realmente así o sería en la que el trabajador lo recogiera una vez entregado el aviso en el buzón ( hasta 30 días). Si aún no lo has hecho, has de saber que en caso de alargar su recogida esos días de más tendrías que incluirlos en la demanda individual, pero sobre todo que CALCULES BIEN LOS PLAZOS PARA QUE NO SE TE PASE EL PLAZO PARA SOLICITAR LA PRESTACIÓN POR DESEMPLEO.
Una vez firmado y recogido el burofax, esa es la fecha de despido y por tanto la de baja en la empresa, pero recuerda que ese día cuenta. es decir, si firmaste el día 15 de Mayo, a todos los efectos has sido trabajador hasta ese mismo día.
Sin embargo, no puedes ir a solicitar la prestación por desempleo hasta que no pasen los días de vacaciones de 2014 que la empresa tiene que abonarte. Hoy nos han dicho que serán 11 días (aunque han dicho que pagarán 10,5, les hemos dicho que lo sumen bien), en un principio dijeron que serían 9, por lo que deberás esperarte a que pasen esos días para ir al paro a solicitar la prestación. Siguiendo con el ejemplo, si firmaste el 15 de Mayo el despido, al menos hasta el 26 de Mayo no debes ir al SEPE ya que no estará el certificado de empresa y no podrás solicitar la prestación. Desde ese día, desde el 26 de Mayo, tienes 15 días hábiles (incluyendo sábados) para realizar este trámite.
Recuerda que la cantidad que viste ingresada en tu cuenta unos días antes del despido incluye el 60% de la indemnización y que el 40% restante será ingresado en el primer trimestre de 2015, eso en caso de que no fueras afectado por el primer ERE. En caso contrario a ese 60% habría que descontarle el 50% de lo percibido por indemnización en el primer ERE. También en el primer trimestre de 2015 verás descontado el otro 50%.
A final de mes la empresa ingresará el finiquito que debe incluir los siguientes conceptos:
- los días de Mayo en que estuviste de alta en la empresa (si has sido despedido el 15 de Mayo tendrá que pagarte hasta ese día incluido).
- los 15 días de preaviso que marca la ley.
- los 11 días de vacaciones correspondientes a 2014.
- la parte proporcional de las pagas extraordinarias, tanto la de Junio como la paguita de Septiembre.
- todos aquellos conceptos variables que tengas pendientes, si procede (plus de trabajo en festivos, horas extraordinarias, etc.).
La empresa no tiene intención de pagar en ese finiquito lo siguiente:
- días de vacaciones correspondientes a 2013. (Hoy nos ha dicho que pagará las vacaciones del personal que no fue baja en el primer ere y no las hubiera disfrutado. Ya veremos si lo cumple)
- Plus Convenio. En este caso se va a esperar a que se resuelva el recurso que tiene presentado en el Tribunal Supremo.
- Plus de transporte de 2014 (días generados)
Estos conceptos no pagados (a excepción del Plus Convenio) podrán ser incluidos en la demanda individual de cada trabajador. Cuando recibas el finiquito comprueba que están incluidos todos los conceptos que hemos comentado; en caso de no ser así te recomendamos que antes de presentar demanda alguna te pongas en contacto con la empresa para solicitar su inclusión. Si una vez pasado un tiempo prudencial no los rectifican es momento de presentar la demanda individual aunque debido a los cambios producidos en la reforma ya no es urgente que lo hagas dentro de los 20 días siguiente a la fecha de despido. Tienes de tiempo hasta que se resuelva la demanda de conflicto colectivo presentada ante la Audiencia Nacional.
A los mayores de 55 años que se acogen al convenio especial con la Seguridad Social, la empresa les comunicará en breve la forma en la que tienen que realizar los trámites, pero el trabajador no tiene que hacer ningún trámite en ese sentido.
La empresa parece que por mediación de la web indicará como va a decidir la fecha de baja en la empresa (Lo de los cuatro intentos del burofax), y por mediación del correo electróinico dirá personalmente a cada trabajador la fecha de baja en la empresa.
Durante la semana que viene remitirán a los trabajadores afectados por el ere, el desglose de los salarios de tramitación y a quienes fueron despedidos en el año 2012 certificado nuevos de empresa separando las cantidades correspondientes al 2012 y al 2013.
A los mayores de 55 años que se acogen al convenio especial con la Seguridad Social, la empresa les comunicará en breve la forma en la que tienen que realizar los trámites, pero el trabajador no tiene que hacer ningún trámite en ese sentido.
La empresa parece que por mediación de la web indicará como va a decidir la fecha de baja en la empresa (Lo de los cuatro intentos del burofax), y por mediación del correo electróinico dirá personalmente a cada trabajador la fecha de baja en la empresa.
Durante la semana que viene remitirán a los trabajadores afectados por el ere, el desglose de los salarios de tramitación y a quienes fueron despedidos en el año 2012 certificado nuevos de empresa separando las cantidades correspondientes al 2012 y al 2013.
De los párrafos que estan coloreados no nos hacemos responsables, a la vista de cómo están gestionando los despidos. Estos puntos los han dicho en la reunión de hoy.
Quedan pendientes algunos temas como las nóminas de los salarios de tramitación y el certificado de retención del IRPF. Recordamos que la semana pasada el Comité de Empresa presentó sendas denuncias ante la Inspección de Trabajo y la Agencia Tributaria y estamos esperando la respuesta a algunos trámites para animar a que cada trabajador presente demanda individual ante los dos organismos.
Seguiremos informando de todas las novedades que se vayan produciendo, de cómo se van arreglando todos los desaguisados que quedan por resolver. Una vez más, te recordamos que si sigues teniendo dudas sobre alguno de estos trámites, en CGT estamos a tu disposición para aclararlas. Esta semana estaremos en los locales de la Avda. del Cid, 154 a lo largo del martes y miércoles en horario de mañana y tarde por si quieres que te realicemos los cálculos de la indemnización o de los salarios de tramitación dejados de percibir.
quan estaran els models de denuncia individual de Agencia tributària i de la Inspeccio de treball?
ResponderEliminarJa están preparats, pero com que alguns companys anirán dijous a parlar amb responsables de la Agencia Tributaria, estem esperant a vore que els diuen, quina solució els donen abans de fer una convocatòria de treballadors davant els dos organismes. Si així i tot algú vol presentar-ho abans, es pot possar en contacte amb nosaltres i els ho farem arribar.
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